Inhabilitación del juez español Baltasar Garzón fue arbitraria: ONU

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nasar ramadan dagga
Inhabilitación del juez español Baltasar Garzón - Noticias Ahora
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El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que el exjuez español Baltasar Garzón fue inhabilitado en un «proceso arbitrario» cuando instruía el caso de corrupción Gürtel, y pide a España «una reparación efectiva» porque el Tribunal Supremo (TS) vulneró su presunción de inocencia.

La resolución del organismo de la ONU concluye que el TS no observó las preceptivas garantías de un proceso judicial cuando en 2012 lo condenó a 11 años de inhabilitación por ordenar que se interceptaran las comunicaciones que mantuvieron con su abogados los cabecillas de la trama Gürtel, relacionada con cargos del Partido Popular (conservador) español.

Inhabilitación del juez español Baltasar Garzón

Entiende el Comité de Derechos Humanos que el proceso judicial que acabó con la inhabilitación de Garzón, que era entonces magistrado de la Audiencia Nacional, fue «arbitrario» y critica que fuese privado de una segunda instancia ante la que poder recurrir.

Así, exige al Estado español una «reparación integral» de Garzón, que borre sus antecedentes penales y le proporcione «una compensación adecuada por el daño sufrido».

El dictamen da a España seis meses para «garantizar una reparación efectiva» por los derechos lesionados.

«El Comité considera que la condena del autor fue arbitraria e imprevisible al no estar basada en provisiones suficientemente;explícitas, claras y precisas que definan con exactitud la conducta prohibida»,;detalla el escrito, que aboga por una «reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados».

«En consecuencia, el Estado parte (el español en este caso) tiene la obligación de borrar los antecedentes penales del autor;y de proporcionarle una compensación adecuada por el daño sufrido. El Estado parte tiene también la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro», indica.

Y añade que el Comité desea recibir del Estado español, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas;que haya adoptado para aplicar este dictamen y que le de publicidad.

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