TSJ declara inadmisible solicitud de avocamiento hecha por Raúl Baduel

0
461
nasar ramadan dagga
servicio de administración de justicia - Noticias Ahora
Foto: Referencial
Compartir

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado defensor del ciudadano Raúl Isaías Baduel.

TSJ solicitud Raúl Baduel - Noticias Ahora
Foto: Referencial

Baduel fue imputado por la “…presunta comisión de los delitos de traición a la patria e instigación a la rebelión, previstos y sancionados en los artículos 465 numeral 25 y 481 del Código Orgánico de Justicia Militar…”; en la causa que cursa ante el Tribunal Militar Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Militar del Área Metropolitana de Caracas.

Señala la sentencia N° 25-2020, con ponencia de la vicepresidenta de la Sala de Casación Penal, magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno; que la petición planteada fue declarada inadmisible luego de constatarse el incumplimiento de las regulaciones exigidas en el ordenamiento jurídico venezolano, para la procedencia de tal solicitud.

Precisa la decisión, entre otros aspectos, que no consta en el expediente el agotamiento de los recursos y medios ordinarios disponibles para reclamar la restitución de la situación jurídica presuntamente infringida.

De igual manera, tampoco se evidencia que las partes hubieren realizado actos concretos por escrito para exigir la celeridad procesal o la revisión de la actuación del juez; ni se deduce que el tribunal se hubiere rehusado a recibir diligencia alguna en la que se solicite lo que supuestamente les ha sido negado.

Agrega la Sala del Máximo Tribunal del país que de la petición avocatoria resulta clara la inacción en el uso y activación de los mecanismos idóneos existentes, por parte del solicitante, para el ejercicio de la defensa y efectivo reclamo de las situaciones denunciadas por este.

Finalmente, recordó el fallo del TSJ que la solicitud de avocamiento no puede ser entendida como un mecanismo ordinario de revisión de procesos o sentencias, pues en razón de su prudencia y excepcionalidad, no constituye un remedio procesal ante cualquier acto o decisión que fuere adversa a las partes, mucho menos, si tales situaciones pueden ser impugnadas o revisadas a través del trámite de incidencia, recursos u otros medios disponibles.

También puedes leer: Capturan en Perijá a hombre por presuntamente abusar de su hermana


“Si quieres visualizar esta y otras noticias desde tu celular, síguenos en TELEGRAM  y mantente siempre informado”

“Si quieres visualizar esta y otras noticias desde tu celular, síguenos en TELEGRAM  o suscríbete a nuestro boletín de noticias» 

Síguenos en nuestras redes 



FuenteNota de Prensa

nasar ramadan dagga

nasar ramadan dagga

Artículo anteriorAlcalde Johan Castañeda confirma cinco casos de coronavirus en Guacara
Artículo siguienteMurió el primer ministro de Costa de Marfil a los 61 años

nasar ramadan dagga

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here