15 años de prisión para funcionarios que impidan distribución de alimentos

0
664
nasar ramadan dagga
Ley Antibloqueo Gaceta Oficial - noticias ahora
Foto: Referencial
Compartir

Funcionarios que prohíban en todo el territorio nacional, la ejecución o medida que impidan de manera directa o indirecta la movilización o distribución de alimentos, serán sancionados de 12 a 15 años de prisión, según la Gaceta Oficial.

Gaceta Oficial
Foto: Referencial

Dicha Resolución que está bajo el N° 41.526 de fecha 16 de noviembre de 2018, fue una publicación Conjunta del Comando para el Abastecimiento Soberano Despacho del Jefe del Órgano Superior, Ministerios del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, para la Agricultura Productiva y Tierras, para la Alimentación, para la Pesca y Acuicultura, y de Comercio Nacional.

La misma indica, la prohibición de ejecución de restricción a la libre movilización de los elementos, necesarios para la producción primaria procesamiento o comercialización de rubros agrícolas, pesqueros y acuícolas, tales como semillas, insumos biológicos y agroquímicos, fertilizantes, maquinaria agrícola, artes de pesca y cualesquiera otros materiales requeridos a tales fines, que atente contra el abastecimiento agroalimentario nacional, el consumo de alimentos del pueblo venezolano, la vida digna, la seguridad y la paz social de los venezolanos.

Asimismo, dicho documento prohíbe el establecimiento de precios a los bienes indicados en el artículo anterior a cualquier autoridad regional o municipal sin la autorización del órgano competente.

Las autoridades nacionales, estadales y municipales, salvo lo dispuesto por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes nacionales y por los órganos competentes en base a ellas, se abstendrán de prohibir o limitar el libre tránsito de los rubros referidos en la presente Resolución, dentro del territorio Nacional.

Se advierte que el incumplimiento de los preceptos establecidos en la presente Resolución será considerado como una transgresión a la Seguridad y Soberanía Agroalimentaria nacional, y estará sujeto a la aplicación de la sanción de prisión de doce (12) a quince (15) años, correspondiente al delito de Boicot y de tres (03) a seis (06) años, correspondiente al delito de Condicionamiento, según lo dispuesto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, sin menoscabo de las demás sanciones aplicables, en razón del ordenamiento jurídico vigente.

Por tal razón, se exhorta a todas las autoridades administrativas, civiles, policiales y militares, al sector privado y los particulares en general, a colaborar en el estricto cumplimiento de la presente Resolución y a la aplicación de las normas vigentes en la materia, en resguardo del derecho del pueblo venezolano al abastecimiento oportuno y estable de los bienes necesarios para garantizar la seguridad alimentaria.

Esta Resolución Conjunta, se aplicará con estricto cumplimiento en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela y entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, por el lapso de un (01) año, prorrogable por igual período, establece la Resolución.

Con información de El Impulso


“Si quieres visualizar esta y otras noticias desde tu celular, síguenos en nuestra cuenta de Twitter https://twitter.com/noticias_ahora_  y mantente siempre informado” 

“Si quieres visualizar esta y otras noticias desde tu celular, síguenos en TELEGRAM  o suscríbete a nuestro boletín de noticias» 

Síguenos en nuestras redes 


nasar ramadan dagga

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here